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Odebrecht
Odebrecht, la compañía que pagó sobornos para obtener obras públicas.
AFP

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca impuso un sanción considera ‘histórica’ contra la multinacional brasileña Odebrecht, como consecuencia del escándalo por el pago de sobornos para obtener contratos en el país.

La providencia no solo multa a Odebrecht, empresas socias en actuales obras y construcciones y particulares involucrados en los actos de sobornos como solidarios en el pago de más de 800 mil millones de pesos, sino que los inhabilita para contratar con entidades del Estado durante diez años.

Una de las empresas sancionadas en el fallo con inhabilidad es Episol (Estudios y Proyectos del Sol S.A.S), que adelanta obras de la vía al Llano.

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¿Qué alcances tiene el fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca? ¿Se afectan los actuales contratos de obras públicas que tienen socios de Odebrecht en la Ruta del Sol II?

El magistrado Luis Manuel Lasso, ponente del fallo del Tribunal de Cundinamarca contra la multinacional brasileña, delegó esa decisión a las entidades públicas que tienen los contratos con estas sociedades y empresas constructoras, “para efectos de dar ellos el alcance a esta sentencia de tribunal”, según dijo.

“La inhabilidad que se establece es la de diez años para contratación con entidades del Estado, de manera que ese es el término durante el cual estas sociedades se encuentran impedidas para desarrollar este tipo de actividades contractuales con públicas”, explicó el magistrado Lasso en RCN Radio.

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El magistrado Lasso insistió en que en este punto específico, el tribunal debe ser bastante cauteloso para no ir más allá de los términos precisos del fallo del Tribunal de Cundinamarca.

Por eso precisó en que la continuidad o no de los actuales contratos de las empresas socias de Odebrecht en la Ruta del Sol II, cobijada con la inhabilidad, le compete a la administración gubernamental, en cada caso específico.

“Con base en el pronunciamiento que ya ha hecho el Tribunal acerca de determinar cuáles van a ser los alcances de esa inhabilidad (…) hay ámbitos con los cuales corresponde a la administración tomar sus determinaciones haciendo consideración muy clara de aquellas sentencias que emiten los tribunales”, explicó el jurista.

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Precisó que en el fallo “existe un mensaje muy claro en el Tribunal Administrativo en el sentido de este conjunto de inhabilidades que se ha generado y le corresponderá a la administración (…) cuál es el curso de acción con respecto a los contratos que actualmente se encuentran vigentes”.

Ya se conoció que la defensa de la multinacional Odebrecht y la sociedad Episol S.A.S., presentarán  un recurso de apelación ante el Consejo de Estado (en segunda instancia), con el que buscan que sea revocado el histórico fallo.

Fuente

RCN Radio

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